Política

Revés judicial para la CGT: rechazaron la cautelar contra la reforma laboral

El juez federal Enrique Lavié Pico desestimó el pedido de la central sindical para suspender los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral. La CGT había presentado un amparo para frenar la transferencia de competencias judiciales laborales a la Ciudad de Buenos Aires.

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El juez federal Enrique Lavié Pico desestimó el pedido de la central sindical para suspender los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral. La CGT había presentado un amparo para frenar la transferencia de competencias judiciales laborales a la Ciudad de Buenos Aires.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 rechazó la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en el marco de la causa iniciada contra el Gobierno nacional. La central sindical buscaba suspender la aplicación de dos artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, vinculados al traspaso de funciones judiciales en materia laboral al ámbito de la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La resolución fue firmada por el juez Enrique Lavié Pico, quien consideró que no correspondía conceder la cautelar. El magistrado explicó que este tipo de medidas tiene carácter excepcional porque implica modificar la situación jurídica vigente antes de que exista una sentencia definitiva.

La presentación judicial de la CGT se realizó el 6 de marzo, mediante una acción de amparo en la que pidió declarar la nulidad e invalidez constitucional de los artículos cuestionados. En ese escrito también solicitó una cautelar innovativa para suspender la aplicación de esas disposiciones hasta que el tribunal dicte una resolución de fondo.

Al analizar el planteo, el juez sostuvo que el pedido coincidía en los hechos con el objetivo principal de la demanda, lo que exigía aplicar un criterio restrictivo. Según explicó, las medidas cautelares deben preservar la eficacia de una eventual sentencia futura, pero no pueden anticipar el resultado del proceso judicial.

En su fallo, Lavié Pico también indicó que no se acreditó un peligro en la demora que justifique suspender la norma antes de que se resuelva el caso. Además, destacó que la vía elegida por la CGT es un procedimiento sumarísimo, lo que permite una resolución relativamente rápida sobre el fondo del conflicto.

Con esos argumentos, el magistrado concluyó que no existe un daño irreparable que justifique una intervención judicial inmediata y decidió rechazar la cautelar, por lo que los artículos cuestionados de la reforma laboral continúan vigentes mientras avanza el proceso judicial.

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